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AECO360°

IRPF e IVA en tus facturas

Vídeo en camino. Mientras tanto tienes el manual escrito completo de esta lección aquí abajo, paso a paso.

El IVA y el IRPF son los dos impuestos que casi siempre aparecen en las facturas de un arquitecto, aparejador o ingeniero. AECO360° los calcula por ti a partir de los porcentajes que indiques, pero conviene que entiendas cómo se aplican y por qué el total sale como sale. En esta lección verás dónde se configuran, cómo se calcula la factura y qué dice la normativa. Usamos el estudio de demostración Estudio Riquelme como ejemplo.

Para qué sirven estos campos

Cuando facturas tus honorarios, normalmente repercutes el IVA a tu cliente y, si tu cliente es una empresa o un profesional, aplicas una retención de IRPF que ese cliente ingresa en tu nombre a Hacienda. AECO360° tiene un campo para cada porcentaje en la factura, y se encarga del cálculo.

Dónde se indican

Al crear o editar una factura en Facturación › Facturas, debajo de las líneas tienes la parte fiscal:

  • % Descuento: descuento global sobre el total de las líneas.
  • % IVA: por defecto 21. Es el tipo general de los servicios profesionales del sector.
  • % IRPF: por defecto 0. Indícalo solo si tu actividad aplica retención (típicamente al facturar a empresas y profesionales).

Cada porcentaje admite valores entre 0 y 100, y el IVA puede ser 0 en regímenes o supuestos especiales.

Cómo se calcula la factura

AECO360° aplica las fórmulas en cadena, redondeando a dos decimales en cada paso:

  1. Subtotal: la suma de los subtotales de todas las líneas.
  2. Descuento: subtotal x (% descuento / 100).
  3. Base imponible: subtotal - descuento.
  4. IVA: base imponible x (% IVA / 100). Suma al total.
  5. IRPF: base imponible x (% IRPF / 100). Resta del total.
  6. Total: base imponible + IVA - IRPF.

Lo esencial: el IRPF siempre resta y el IVA siempre suma, y ambos se calculan sobre la misma base imponible, no sobre el subtotal bruto. Por eso una factura con IVA al 21 % e IRPF al 15 % no se queda en un simple 6 %: cada impuesto opera sobre la base, en sentidos opuestos.

Un ejemplo con una base imponible de 8.600 €, IVA 21 % e IRPF 15 %: el IVA suma 1.806 €, el IRPF resta 1.290 €, y el total queda en 9.116 €.

Normativa que aplica

  • IVA: la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido fija que los servicios profesionales de arquitectura e ingeniería tributan, con carácter general, al tipo del 21 %. El IVA repercutido es el que cobras a tu cliente y luego ingresas tú.
  • IRPF: la Ley 35/2006 del IRPF y su reglamento prevén la retención sobre los rendimientos de actividades profesionales cuando el destinatario es un empresario o profesional. El porcentaje habitual de retención profesional es el que indiques en el campo % IRPF; quien retiene e ingresa esa cantidad a Hacienda es tu cliente, no tú. Por eso el IRPF se descuenta del importe que cobras.

AECO360° no decide por ti qué tipos te corresponden: aplica los porcentajes que indicas. Consulta con tu asesor el IVA y el IRPF concretos de cada operación (por ejemplo, si te corresponde un tipo reducido de retención por inicio de actividad).

Consejos

  • Revisa el % IRPF según quién sea el cliente: a empresas y profesionales suele aplicarse retención; a particulares, normalmente no.
  • Deja el IVA en 21 % salvo que tu asesor te indique otro tipo para una operación concreta.
  • Comprueba el total antes de emitir: si te chirría el importe, repasa que el IVA suma y el IRPF resta sobre la base imponible.

Errores frecuentes

  • Olvidar la retención al facturar a empresas. Si procede IRPF y lo dejas en 0, cobrarás de más y tu cliente no retendrá lo debido.
  • Aplicar IRPF a un particular. Por norma general, a particulares no se les practica retención.
  • Esperar que IVA e IRPF se compensen como un único porcentaje. Operan sobre la base imponible en sentidos opuestos; no es una resta directa de porcentajes.

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